El máster está destinado a licenciados/as en derecho, graduados/as en derecho o con otro título universitario equivalente que reúna los requisitos establecidos en el art. 3 del Reglamento de desarrollo de la Ley de acceso; y nace con una clara vocación profesional, en tanto que tiene por finalidad proporcionar capacitación profesional (conocimientos, competencias y habilidades propias del ejercicio de la profesión de la abogacía, tanto en los aspectos organizativos y colegiales como de estricta técnica jurídica) a las personas licenciadas/graduadas en derecho que, previa evaluación positiva de la aptitud profesional, puedan obtener el título profesional de abogado, que la Ley 34/2006 exige como imprescindible para el ejercicio de la profesión.
El “Máster universitario en Abogacía y Procura” tiene como objetivo proporcionar al alumnado la formación especializada comprensiva del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la Abogacía y de la Procura.
En consecuencia, se pretende que el alumnado, superada la formación, maneje con eficacia, responsabilidad y seguridad las técnicas y modos de actuación profesional propios de la Abogacía y de la Procura; y que adquiera una mecánica de razonamiento jurídico y, por ende, una base genérica de la práctica jurídica profesional en todas las materias propias del Derecho positivo, para que simultánea y paulatinamente pueda aspirar a la especialización.
También es objetivo de la titulación proporcionar al alumnado suficientes experiencias y contactos profesionales, tanto a través del profesorado externo como de los/as tutores/as que impartan las diferentes materias de prácticas externas, para facilitarles su inserción en el mercado laboral y, a la vez, que dispongan de especialistas de referencia con los que consultar en el inicio de su ejercicio profesional.
El máster contempla tres materias de prácticas externas que en total suman 30 créditos ECTS. Estás prácticas se realizarán conforme a lo dispuesto en el capitulo III del Reglamento que desarrolla la Ley 34/2006, en el convenio de colaboración firmado entre las instituciones que organizan e imparten el Máster, en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de Santiago de Compostela (acuerdo de Consejo de Gobierno de 29/07/2015) y en el Real decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
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https://epxsantiago.org/index.php/muap-2025-2027/titulacion-de-acceso
